Proyecto de Resolución de 2020
Ministerio de Salud y Protección Social
“Por medio de la cual se modifica el artículo 4° de la Resolución 5109 de 2005 en cuanto al rotulado y etiquetado de alimentos”
Se modifica el artículo 4 de la Resolución 5109 de 2005 al indicar que los rótulos o etiquetas de los alimentos para consumo humano, envasados o empacados, deberán cumplir con los siguientes requisitos generales:
- La etiqueta o rótulo de los alimentos no deberá describir o presentar el producto alimenticio envasado de una forma falsa, equívoca o engañosa o susceptible de crear en modo alguno una impresión errónea respecto de su naturaleza o inocuidad del producto en ningún aspecto.
- Los alimentos envasados no deberán describirse ni presentarse con un rótulo o rotulado en los que se empleen palabras, ilustraciones u otras representaciones gráficas que hagan alusión a propiedades medicinales, preventivas o curativas que puedan dar lugar a apreciaciones falsas sobre la verdadera naturaleza, origen, composición o calidad del alimento
- Los alimentos que declaren en su rotulado que su contenido es 100% natural no deberán contener aditivos.
- Los alimentos envasados no deberán describirse ni presentarse con un rótulo o rotulado empleando palabras, ilustraciones o representaciones gráficas que se refieran o sugieran directa o indirectamente cualquier otro producto con el que el producto de que se trate pueda confundirse.
- Cuando utilicen representaciones gráficas, figuras o ilustraciones que hagan alusión a ingredientes naturales que no contiene el mismo y cuyo sabor sea conferido por un saborizante artificial, en la etiqueta o rótulo del alimento junto al nombre del mismo debe aparecer, la expresión “sabor artificial”.
Resolución 208 del 15 de febrero de 2021
Secretaria Distrital de Salud de Bogotá
“Por la cual se establecen medidas de mitigación comunitaria y poblacional en la ciudad de Bogotá, acorde a la actualización de la evidencia internacional”
Se establecen medidas de mitigación a nivel individual, comunitario y poblacional, para disminuir la transmisión del SARS-COV2/ COVID 19 en la ciudad de Bogotá.
Como medidas individuales se incentiva el uso adecuado del tapabocas, garantizando el cubrimiento de boca y nariz todo momento. Como medidas a nivel comunitario se fomenta el uso del teletrabajo, las reuniones virtuales laborales, familiares o sociales con el fin de disminuir el contacto entre personas. Como medida a nivel poblacional se insta mantener la estrategia PRASS – DAR en la ciudad, garantizando el seguimiento a contactos y a casos por parte de las EAPB.