Alerta legal Febrero 2021 S2
Proyecto de Decreto de 2021
Ministerio del Trabajo
“Por el cual se expide el Manual Único para la Calificación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional.”
Se tiene por objeto expedir el Manual Único para la Calificación de la Pérdida de Capacidad Laboral y Ocupacional, el cual se constituye en el instrumento técnico para evaluar la pérdida de capacidad laboral y ocupacional de cualquier origen.
Dicho manual aplica a todos los habitantes del territorio nacional, a los trabajadores de los sectores público, oficial, semioficial, en todos sus ordenes y del sector privado en general, independiente de su tipo de vinculación laboral, clase de ocupación, edad, tipo y origen de discapacidad o condición de afiliación al sistema de seguridad social integral
Resolución 126 del 8 de febrero de 2021
Ministerio de Salud y Protección Social
“Por la cual se modifica la Resolución 2238 de 2020, en el sentido de incluir el procedimiento de administración de la vacuna contra el SARS CoV 2[COVID-19]
Se modifica la Resolución 2238 de 2020, al adicionarse en la categoría 99.5.2 “OTRAS VACUNACIONES DEL PROGRAMA AMPLIADO DE INMUNIZACIONES del Anexo Técnico 2 “Lista Tabular” el procedimiento con código 99.5.2.02 ADMINISTRACIÓN VACUNA SARS CoV 2 [COVID-19]
Proyecto de Decreto de 2021
Ministerio del Trabajo
“Por el cual se adiciona la sección 3 del Capítulo 3 Título 7 Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, a efectos de reglamentar la afiliación al Sistema de Subsidio Familiar en el Piso de Protección Social para los trabajadores dependientes por tiempo parcial que estén vinculados al Piso de Protección Social”
La afiliación al Sistema de Subsidio Familiar de los trabajadores dependientes vinculados laboralmente por tiempo parcial con acceso al Piso de Protección Social será responsabilidad del empleador quién realizará el aporte y efectuará la selección de la Caja de Compensación Familiar en cada departamento donde se causan los salarios.
Los empleadores aportarán al Sistema de Subsidio Familiar el 4% del valor de la nómina, por aquellos trabajadores dependientes vinculados laboralmente por tiempo parcial, que estén vinculados en el Piso de Protección Social.